El sueldo de un Policía Nacional

No hay una cifra única, y por eso las que circulan se contradicen. Esto es lo que compone la nómina y qué parte depende del destino.

Última actualización: 8 de agosto de 2026 · Carrera profesional

Convocatoria 43 Datos de la convocatoria vigente. Las cifras y reglas de esta página corresponden a la Resolución de 7 de julio de 2026, de la Dirección General de la Policía, publicada en el BOE núm. 167, de 10 de julio de 2026 (BOE-A-2026-15055). Verifica siempre las bases antes de actuar.

Datos clave

Retribuciones básicasSueldo y trienios
ComplementariasDestino, específico y productividad
Desde cuándo se cobraDesde la incorporación al centro docente
Fuente de los importesLey de Presupuestos

La retribución de un funcionario del Cuerpo Nacional de Policía no se explica con un número. Como todo empleo público, se compone de retribuciones básicas, fijadas por el grupo de clasificación y la antigüedad, y retribuciones complementarias, que dependen del puesto concreto y de las condiciones en que se presta el servicio.

Los componentes de la nómina

ConceptoNaturalezaDe qué depende
Sueldo baseBásicaGrupo de clasificación
TrieniosBásicaAntigüedad, cada tres años de servicio
Complemento de destinoComplementariaNivel asignado al puesto
Complemento específicoComplementariaDificultad, dedicación, peligrosidad
Nocturnidad y festividadComplementariaServicio efectivo en esas condiciones
ProductividadComplementariaSegún el régimen aplicable
Pagas extraordinariasBásicaDos al año
Por qué las cifras que circulan se contradicen. Mezclan conceptos incompatibles: unas incluyen complementos de turno y otras no, unas son brutas anuales y otras netas mensuales, y muchas están desactualizadas. Los importes exactos se fijan en la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada ejercicio y en los acuerdos retributivos vigentes.

La parte variable

Entre dos agentes de la misma promoción y antigüedad puede haber diferencias apreciables de nómina. La explicación está en los complementos ligados a las condiciones del servicio: nocturnidad, festividad y régimen de turnos, y en el nivel del puesto ocupado.

Conviene leerlo con frialdad: esa parte variable compensa una carga real sobre el descanso y la vida familiar. Contar con ella como ingreso estable, sin considerar su coste, es un error de cálculo frecuente en quien planifica su economía a partir de una cifra vista en un foro.

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Qué se cobra durante la formación

El itinerario no pasa de opositor a funcionario de carrera en un salto. Hay dos escalones intermedios con régimen retributivo propio:

  1. Curso de formación en la Escuela Nacional de Policía: se ejerce como policía-alumno, ya con la condición de funcionario en prácticas.
  2. Módulo de formación práctica: se ejerce como policía en prácticas, en destinos reales y manteniendo esa misma condición.
  3. Nombramiento como funcionario de carrera: retribución completa del puesto que se ocupe.

El hecho verificable, y es el que más tranquiliza a quien planifica, está en el Real Decreto 853/2022, de 11 de octubre: su artículo 10 dispone que el alumnado adquiere la condición de funcionario o funcionaria en prácticas, con sus efectos económicos y administrativos, cuando se incorpora al centro docente policial. Se cobra desde el primer día en la escuela, no desde el nombramiento final.

Lo que esa norma no hace es fijar importes, y por eso esta página no los publica. La duración de cada etapa —entre seis y doce meses el curso, entre nueve y doce el módulo, según el artículo 25 de la Orden INT/632/2024— sí está publicada, y es el dato que de verdad necesitas para planificar: no cuánto entra cada mes, sino durante cuántos meses dura cada situación.

Por qué aquí no vas a encontrar una cifra

Es una decisión editorial y conviene explicarla. Publicar «un policía nacional cobra X euros» sería lo más cómodo y lo que más se busca, pero exigiría elegir arbitrariamente un destino, un nivel de complemento, un régimen de turnos y un ejercicio presupuestario, y presentar esa elección como si fuera un hecho general. Es exactamente lo que hacen las cifras que circulan, y por eso se contradicen entre sí.

La estructura retributiva, en cambio, sí es estable y sí se puede explicar: sabes qué conceptos componen la nómina, cuáles dependen de ti, cuáles del puesto y cuáles de la Ley de Presupuestos. Con eso puedes calcular tu caso; con una cifra ajena, no.

PreguntaRespuesta honesta
¿Se cobra en la escuela?Sí, desde la incorporación, con la condición de funcionario en prácticas
¿Cuánto?Depende de las cuantías del ejercicio; no las publicamos sin fuente
¿Es igual para todos al terminar?No: el destino y el régimen de turnos introducen diferencias
¿Dónde está el importe exacto?Ley de Presupuestos del ejercicio y acuerdos retributivos vigentes

Los «300 € al mes» de la escuela

Entre las cifras que circulan sobre el periodo de formación, la más repetida es la de «unos 300 € al mes» en concepto de manutención y alojamiento durante la estancia en Ávila. No hemos podido verificarla en ninguna norma, y no la publicamos como dato.

El criterio es el mismo que aplicamos al resto de la página: si un importe no puede rastrearse hasta una disposición publicada, no es un dato, es un rumor con decimales. Si estás haciendo cuentas para decidir si puedes permitirte el curso, la vía fiable es preguntar directamente por escrito a la Dirección General de la Policía y quedarte con lo que te contesten, no con lo que leas en un foro.

Cómo evoluciona con la carrera

Tres vías hacen crecer la retribución a lo largo del tiempo. La antigüedad, mediante los trienios, de forma automática y gradual. El destino, porque los puestos tienen niveles distintos de complemento. Y la promoción a categorías y escalas superiores, que es el salto cualitativo.

Cómo comprobar una cifra concreta

  1. Consulta la Ley de Presupuestos Generales del Estado del ejercicio en curso para las retribuciones básicas.
  2. Revisa los acuerdos retributivos y las relaciones de puestos de trabajo publicadas oficialmente para los complementos.
  3. Distingue siempre bruto anual de neto mensual: la diferencia depende de tu situación fiscal personal, no del Cuerpo.
  4. Trata los complementos variables como un margen condicionado al destino, no como parte fija.

Y una advertencia sobre el resultado del cálculo: la cifra que obtengas será la de un puesto concreto, no la del Cuerpo. No existe «el sueldo de un policía nacional» en singular.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cobra un Policía Nacional?

No existe una cifra única. La nómina combina retribuciones básicas fijadas por el grupo de clasificación y la antigüedad con complementos que dependen del puesto y del régimen de turnos. Los importes exactos se establecen en la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada ejercicio.

¿Se cobra durante el curso de formación?

Sí. El Real Decreto 853/2022, artículo 10, establece que el alumnado adquiere la condición de funcionario o funcionaria en prácticas, con sus efectos económicos y administrativos, al incorporarse al centro docente policial. La retribución completa del puesto llega con el nombramiento como funcionario de carrera.

¿Por qué dos policías cobran distinto?

Por los complementos ligados a las condiciones del servicio —nocturnidad, festividad y turnos—, por el nivel del puesto ocupado y por la antigüedad acumulada en trienios.

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Fuentes oficiales

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