Tema 8: La Dirección General de la Policía
Es el tema que describe el cuerpo al que aspiras. Domínalo también porque es material directo para la entrevista personal.
Última actualización: 8 de agosto de 2026 · Examen de conocimientos
Datos clave
| Número | Tema 8 de 45 |
|---|---|
| Bloque | A) Ciencias Jurídicas |
| Rango del bloque | Temas 1 a 26 |
| Fuente | Anexo I de la convocatoria |
El tema 8 pertenece al bloque A, Ciencias Jurídicas, que abarca los temas 1 a 26 del programa oficial aprobado como Anexo I de la convocatoria vigente.
Qué entra en este tema
Estructura orgánica y funciones de los servicios centrales y territoriales. La Policía Nacional: funciones, escalas y categorías, acceso, régimen disciplinario y situaciones administrativas.
Ese es el enunciado oficial, y es todo lo que la convocatoria dice sobre el tema 8. Lo que no dice —y es lo que decide el resultado— es qué normas hay detrás, qué se pregunta de verdad y dónde están las trampas.
La normativa que hay que manejar
- Ley Orgánica 9/2015, de Régimen de Personal de la Policía Nacional
- Real Decreto 853/2022, de procesos selectivos y formación
- Ley Orgánica 4/2010, de régimen disciplinario
En «la dirección general de la policía» conviene trabajar el texto consolidado del BOE antes que la reproducción de un manual. Las preguntas se formulan sobre el articulado vigente, y aquí ese matiz decide respuestas: una redacción anterior puede dar por buena una alternativa que hoy es incorrecta.
Cómo se pregunta este tema
Dos moldes, y los dos son de correspondencia. El primero empareja escala y categoría: el enunciado da una categoría y pide su escala, o da una escala y pide cuántas categorías tiene. El segundo es disciplinario y se juega en los plazos de prescripción, que son cifras cortas y fáciles de intercambiar en un distractor.
Hay un tercer rasgo que conviene aprovechar: este tema describe el cuerpo al que aspiras, de modo que el conocimiento sirve fuera del examen de conocimientos. Pero eso no autoriza a estudiarlo por interés general. La pregunta no será «qué hace la Policía Nacional», será «a qué escala pertenece la categoría de Subinspector» o «cuándo prescribe una falta grave».
Los conceptos que más se preguntan
- Las cuatro escalas —Superior, Ejecutiva, Subinspección y Básica— con sus categorías.
- Los sistemas de acceso a cada escala: libre, promoción interna y sus proporciones.
- La clasificación de las faltas disciplinarias en muy graves, graves y leves, y sus sanciones.
- Las situaciones administrativas y qué implica cada una.
Tests por tema y por bloque sobre los 45 temas del programa oficial.
Practicar por temasLos datos que caen literalmente
Comprobado en la Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, de Régimen de Personal de la Policía Nacional (BOE núm. 180, de 29 de julio de 2015) y en la Ley Orgánica 4/2010, de 20 de mayo, del Régimen Disciplinario (BOE núm. 124, de 21 de mayo de 2010).
| Dato que se pregunta | Dónde está | Molde de pregunta |
|---|---|---|
| Escala Superior: Comisario Principal y Comisario | Art. 17 de la LO 9/2015 | Correspondencia |
| Escala Ejecutiva: Inspector Jefe e Inspector | Art. 17 de la LO 9/2015 | Correspondencia |
| Escala de Subinspección: Subinspector | Art. 17 de la LO 9/2015 | Correspondencia |
| Escala Básica: Oficial de Policía y Policía | Art. 17 de la LO 9/2015 | Correspondencia |
| Escalas Superior y Ejecutiva en el subgrupo A1; Subinspección en A2; Básica en C1 | Art. 17 de la LO 9/2015 | Clasificación |
| Armamento reglamentario durante la prestación del servicio | Art. 24 de la LO 9/2015 | Regla y excepción |
| El Consejo de Policía se regula hoy en la Ley Orgánica 9/2015 | Arts. 94 y 95 de la LO 9/2015 | Órgano |
| Las faltas pueden ser muy graves, graves o leves | Art. 6 de la LO 4/2010 | Clasificación |
| Sanciones aplicables a cada clase de falta | Art. 10 de la LO 4/2010 | Correspondencia |
| Las faltas muy graves prescriben a los tres años; las graves, a los dos años; las leves, al mes | Art. 15 de la LO 4/2010 | Numérica |
Las trampas frecuentes
- Asignar una categoría a la escala equivocada.
- Confundir suspensión de funciones como sanción con la suspensión provisional cautelar.
- Olvidar los plazos de prescripción de faltas y sanciones, que son datos muy preguntables.
Estas confusiones no son casuales: son el material con el que se construyen los distractores del tema 8. Con tres alternativas y una sola correcta, basta con que dos conceptos de «la dirección general de la policía» se parezcan lo suficiente para que la pregunta discrimine.
La frontera con los temas vecinos
Con el tema 6: el TREBEP es la norma general y la Ley Orgánica 9/2015 la especial. Con el tema 7: allí se coloca la Dirección General de la Policía dentro del Ministerio, aquí se abre por dentro. Con el tema 9: la Ley Orgánica 2/1986 fija las competencias del cuerpo, no su régimen de personal.
Y un dato que ordena el estudio: los artículos de la Ley Orgánica 2/1986 que regulaban el estatuto del cuerpo fueron derogados por la propia Ley Orgánica 9/2015, así que el material antiguo remite a preceptos que ya no existen. Si un esquema te envía al artículo 25 de la ley de 1986 para el Consejo de Policía, ese esquema está caducado. Los procesos selectivos, por su parte, se rigen por el Real Decreto 853/2022, de 11 de octubre.
Cómo estudiar este tema
- Parte del enunciado oficial del Anexo I y localiza las 3 normas que lo desarrollan.
- Lee el tema una vez sin subrayar, para tener el mapa.
- Construye un esquema propio con la estructura: clasificaciones, plazos, órganos y competencias.
- Cierra el material y escribe lo que recuerdes. Comprueba.
- Haz un test específico de este tema y registra los fallos.
- Vuelve a él en dos días, en una semana y en tres.
Ese ciclo aplicado al tema 8 lleva menos tiempo del que parece y consolida a la primera lo que de otro modo exigiría tres pasadas. El porqué de cada paso está en cómo estudiar los 45 temas.
Cómo medir tu nivel en este tema
El error de método consiste en estudiarlo con la curiosidad del futuro policía en lugar de con la disciplina del opositor: se lee sobre especialidades y funciones y no se memoriza la tabla de escalas ni los plazos disciplinarios, que es lo que se pregunta.
Mídete con dos ejercicios de un minuto: la tabla de cuatro escalas con sus categorías y su grupo de clasificación, y los tres plazos de prescripción de faltas. Lo que no salga sin dudar, no está. Después, test por temas y revisión de fallos. El material de este tema, además, es el que más se reutiliza cuando llega la entrevista personal.
Su lugar en el conjunto
Con 45 temas, ninguno se estudia aislado. El tema 8 ocupa la posición 8 de un bloque que llega hasta el 26, y su contenido se apoya en el vocabulario jurídico general y reaparece cuando se estudian los temas que lo rodean. La estructura completa del programa está en el temario de Policía Nacional.
Preguntas frecuentes
¿Qué entra en el tema 8 de Policía Nacional?
Estructura orgánica y funciones de los servicios centrales y territoriales. La Policía Nacional: funciones, escalas y categorías, acceso, régimen disciplinario y situaciones administrativas. Corresponde al bloque A, Ciencias Jurídicas, del Anexo I de la convocatoria.
¿Qué normativa hay que estudiar en el tema 8?
Principalmente Ley Orgánica 9/2015, Real Decreto 853/2022, Ley Orgánica 4/2010. Conviene trabajar el texto consolidado del BOE, porque el bloque A es donde más cambia el contenido entre convocatorias.
¿Cuántas escalas y categorías tiene la Policía Nacional según el temario?
El artículo 17 de la Ley Orgánica 9/2015 establece cuatro escalas: Superior, con las categorías de Comisario Principal y Comisario; Ejecutiva, con Inspector Jefe e Inspector; Subinspección, con Subinspector; y Básica, con Oficial de Policía y Policía.
Contenido relacionado
Fuentes oficiales
- BOE núm. 167, de 10.7.2026 — Anexo I, temario de la Escala Básica
- Portal del Aspirante — Policía Nacional
Tests por tema y por bloque sobre los 45 temas del programa oficial.
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